Perfiles
En el Artículo 12 de la Ley General del Servicio Profesional Docente se establece: Las funciones docentes, de dirección de una Escuela o de supervisión de la Educación Básica y Media Superior impartida por el Estado y sus Organismos Descentralizados deberán orientarse a brindar educación de calidad y al cumplimiento de sus fines. Quienes desempeñen dichas tareas deben reunir las cualidades personales y competencias profesionales para que dentro de los distintos contextos sociales y culturales promuevan el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
Para garantizar la idoneidad de los conocimientos, aptitudes y capacidades que correspondan al personal con funciones de dirección y supervisión la Secretaría de Eduación Pública diseñó la Guía de Perfiles, Parámetros e Indicadores para el ciclo escolar 2015-2016 que orienta los procesos de evaluación del desempeño, la cual establece: