VII. Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos |
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La actividad política debe regirse no sólo por la ética
de la convicción sino por la responsabilidad, la cual se relaciona con
la racionalidad y la conciencia de lo que se hace y de cómo se hace (Fernández,
2000). Weber (1969), menciona: "Quien quiera hacer política
como profesión ha de tener conciencia de las paradojas éticas y
de su responsabilidad respecto de lo que él mismo, bajo su presión,
puede llegar a ser". La sociedad mexicana se confronta hoy en día
a nuevos valores, nuevas costumbres y prácticas diferentes, a otra manera
de vivir, al reto de afrontar otra manera de ser, lo cual debe verse reflejado
en su gobierno, y sobre todo en la labor de sus servidores públicos. En
materia de responsabilidades, los servidores públicos pueden incurrir en
infracciones administrativas por el ejercicio de sus funciones o en el desempeño
del mismo, por lo tanto las leyes prevén sanciones administrativas, como
es el caso de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
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Ley. |
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