Tema 2. Ordenamientos legales que sustentan la contabilidad gubernamental.

 

2.2 Facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Por su parte, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir los catálogos de cuentas que se utilizan en el sector central y para autorizar los que se emplean en el sector paraestatal.

Asimismo, le compete girar instrucciones sobre la forma y términos en que las dependencias y entidades deben llevar sus registros auxiliares y contabilidad y, en su caso, rendirle sus informes y cuentas para fines de contabilización y consolidación. En este sentido, es responsable de examinar periódicamente el funcionamiento del sistema y los procedimientos de contabilidad de cada ente y le concierne autorizar su modificación o simplificación.

Conforme al Manual de Organización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestión Pública tiene como objetivos generales los siguientes:

Actualizar, consolidar y difundir la normatividad y metodología del Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental en el Sector Público Federal, e inducir y fomentar su aplicación en todas las entidades federativas;
Propiciar la eficiencia y eficacia de la gestión pública en las dependencias y entidades mediante el estudio, desarrollo y actualización permanente de metodologías y sistemas contables, en coordinación con las áreas responsables del gasto público.

El Reglamento Interior de la Secretaría le asigna a la Unidad de Contabilidad Gubernamental, entre otras, las siguientes funciones:

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