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2.2 Facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Por su parte, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
Federal faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
para emitir los catálogos de cuentas que se utilizan en el sector
central y para autorizar los que se emplean en el sector paraestatal.
Asimismo, le compete girar instrucciones sobre la forma y términos
en que las dependencias y entidades deben llevar sus registros auxiliares
y contabilidad y, en su caso, rendirle sus informes y cuentas para fines
de contabilización y consolidación. En este sentido, es
responsable de examinar periódicamente el funcionamiento del sistema
y los procedimientos de contabilidad de cada ente y le concierne autorizar
su modificación o simplificación.
Conforme al Manual de Organización de la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público, la Unidad de Contabilidad Gubernamental
e Informes sobre la Gestión Pública tiene como objetivos
generales los siguientes:
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Actualizar, consolidar y difundir la normatividad
y metodología del Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental
en el Sector Público Federal, e inducir y fomentar su aplicación
en todas las entidades federativas; |
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Propiciar la eficiencia y eficacia de la
gestión pública en las dependencias y entidades mediante
el estudio, desarrollo y actualización permanente de metodologías
y sistemas contables, en coordinación con las áreas
responsables del gasto público. |
El Reglamento Interior de la Secretaría le asigna a la Unidad
de Contabilidad Gubernamental, entre otras, las siguientes funciones:
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