En el documento
Distribución de responsabilidades de gasto en México (Webb y Giugale, 2000), que ya tuvo oportunidad de analizar en el módulo de Coordinación hacendaria, se identifica cuáles son los conceptos de infraestructura en los que los gobiernos municipales pueden planear, partiendo de los servicios que tienen la responsabilidad de otorgar.
Es claro que un municipio no puede planear en cuestiones de generación de energía, o defensa nacional, sin embargo, el gobierno municipal debe acostumbrarse a realizar una planeación para el desarrollo, la cual implicará realizar cabildeo o cualquier otra actividad que le permita influir en las decisiones de infraestructura federal o estatal que afectan su desarrollo.
Desde un punto legal, ¿qué ordenamientos otorgan facultades de planeación a los municipios en México? En esta sección analizaremos desde la Constitución hasta ordenamientos municipales, usando como ejemplo el Estado de Nuevo León.